Instalar un punto de recarga en tu plaza de garaje: el Supremo aclara qué pasa si hay que pasar cableado por el forjado

La movilidad eléctrica está entrando de lleno en las comunidades de propietarios. Y con ella, una duda muy habitual: si quiero instalar un punto de recarga en mi plaza de garaje, ¿necesito que la comunidad me lo apruebe en Junta?

En términos generales, cuando hablamos de una plaza privativa y de una recarga para uso estrictamente particular, la Ley de Propiedad Horizontal permite la instalación sin autorización previa, siempre que el propietario lo comunique por escrito a la comunidad y asuma el coste de la instalación y del consumo. Hasta aquí, la teoría suele estar clara. El problema real aparece en la práctica: casi ninguna instalación puede hacerse “sin tocar nada común”. En la mayoría de garajes, para llegar desde el cuarto de contadores o desde el punto de conexión hasta la plaza, es habitual tener que llevar una línea por el techo, por el recorrido de instalaciones o incluso anclar canalización al forjado (el “techo” del garaje). Y es precisamente ahí donde muchas comunidades han intentado frenar estas instalaciones con el argumento de: “si pasa por el forjado o por zonas comunes, entonces hace falta permiso”.

La importancia de la doctrina reciente del Tribunal Supremo (STS 1745/2025) es que refuerza un criterio muy útil para la gestión diaria: el hecho de que el cableado tenga que discurrir por elementos comunes (como el forjado) no convierte automáticamente la instalación en algo que requiera autorización de la Junta. Dicho de forma sencilla: si el recorrido por elementos comunes es el mínimo necesario para poder dar servicio a una plaza privativa, y la instalación se realiza correctamente, no cabe una negativa genérica por parte de la comunidad. Esto no significa que “todo vale”. La comunidad puede intervenir si existe un motivo técnico real y acreditado: un riesgo de seguridad, un incumplimiento normativo o una afectación indebida. Pero lo que el Supremo viene a dejar claro es que no se puede bloquear por sistema una instalación solo porque “hay que pasar por el techo” o porque “toca” algún elemento común en el trazado.

En la práctica, ese argumento se estaba usando como un freno automático, y ahora queda mucho más debilitado. Por eso, para evitar conflictos, lo recomendable es hacerlo de forma ordenada: comunicación previa por escrito, un planteamiento técnico razonable (recorridos lógicos, canalización adecuada, protecciones), y empresa instaladora habilitada. Con esa base, lo normal es que la instalación sea perfectamente viable incluso aunque el cableado tenga que ir sujeto al forjado o discurra por zonas comunes del garaje.

Si estás valorando instalar un punto de recarga y quieres hacerlo sin sobresaltos, podemos ayudarte a preparar la comunicación a la comunidad y a revisar que el planteamiento sea el adecuado, para que la instalación se haga con seguridad, conforme a normativa y sin conflictos innecesarios.